1. ¿Qué es la Comisión de Transparencia (CT)?
  2. ¿En qué consiste el proyecto de Valoración de la Gestión Institucional en Panamá?
  3. ¿Cuáles son los principios que guían su trabajo?
  4. ¿Quiénes integran la Comisión de Transparencia?
  5. ¿Qué criterios se siguieron para seleccionarlos?
  6. ¿Puede considerarse independiente una comisión formada exclusivamente por miembros de la Iglesia? ¿Dónde residen su legitimidad y su validez?
  7. ¿Por qué ahora, en 2026, después de tantos años sin respuesta?
  8. ¿Harán las valoraciones justicia a las víctimas?
  9. ¿No supone este proceso revictimizar a las víctimas?
  10. ¿Cómo garantizarán las instituciones evaluadas que los casos de abuso no vuelvan a producirse?
  11. ¿Qué ocurrirá después de la publicación del informe? ¿No existe el riesgo de que quede en un papel más?
  12. ¿Quién paga? ¿Por qué?
¿Qué es la Comisión de Transparencia (CT)?

La Comisión de Transparencia (CT) es un grupo de investigación internacional y multidisciplinar compuesto por expertos en la prevención y gestión de abusos en ámbitos eclesiales.

La CT nació con el propósito de realizar una Valoración de la Gestión Institucional (VGI) —de manera interdisciplinaria, profesional, independiente y rigurosa— en casos de abuso de menores y de personas en situación de vulnerabilidad dentro de la Iglesia.

Este grupo de expertos centra su trabajo en lugares donde todavía no se han producido crisis relacionadas con el abuso eclesial o donde estas aún no han salido a la luz pública. Al examinar el pasado, la CT formula recomendaciones para el futuro. La VGI es la herramienta principal con la que la CT contribuye a la restauración y a la sanación de quienes han sufrido abusos en la Iglesia. Busca ayudar a transformar las instituciones en entornos más seguros y protectores, especialmente para los menores y para las personas en situación de vulnerabilidad.

Su finalidad es contribuir, mediante un informe que incluye un conjunto de recomendaciones, a ser un instrumento que ayude en la restauración y la sanación de quienes han sufrido abusos en la Iglesia, y a ser un factor que impulse la transformación de la institución, con entornos más seguros y protectores para los menores y las personas en situación de vulnerabilidad, al tiempo que evalúa el cumplimiento de los estándares necesarios para la debida gestión de las denuncias de abuso.

¿En qué consiste el proyecto de Valoración de la Gestión Institucional en Panamá?

La Valoración de la Gestión Institucional es un piloto que se llevó a cabo en la Arquidiócesis de Panamá, donde se examinaron el contexto y la gestión de los abusos de menores y de personas en situación de vulnerabilidad en el período comprendido entre 2001 y 2025.

La metodología general se fundamentó en la justicia transicional y restaurativa, que sitúa a las víctimas en el centro. A su vez, el carácter transdisciplinario del estudio se concretó mediante las metodologías propias de las distintas áreas de especialización: jurídico-canónica, clínica, accountability, teológica-pastoral, sociocultural y comunicativa.

Hasta la fecha, la mayoría de los informes sobre abusos en la Iglesia se han centrado en dimensiones aisladas, sin ofrecer una explicación integral y coherente de qué ha fallado en los procesos de prevención y en la gestión interna de los casos.

Sin explicación no hay comprensión, y sin comprensión no hay cambio efectivo. Reunir a una comisión de expertos de múltiples disciplinas permite comprender el problema en todas sus dimensiones. Aprovechar toda la información disponible, recogida desde múltiples perspectivas disciplinarias, permite a la CT generar propuestas de mejora concretas a partir de una comprensión más amplia de los problemas del pasado.

El trabajo de los miembros de la Comisión incluye: la recopilación de datos del archivo diocesano, un proceso de escucha en el terreno (basado en entrevistas individuales y testimonios escritos), el estudio de otros informes temáticos o territoriales (de ámbito civil o eclesiástico) publicados por otras entidades, y el mapeo de cómo se ha representado el abuso en Panamá en la cobertura de los medios locales.

El proyecto atravesó varias fases: planificación y preparación, análisis documental, entrevistas y encuestas, evaluación y contraste, redacción del informe y de las recomendaciones, y presentación pública de la Valoración de la Gestión Institucional.

¿Cuáles son los principios que guían su trabajo?

En sintonía con el documento final del Sínodo de 2024, el trabajo de la CT asume los principios rectores de transparencia, rendición de cuentas y evaluación, y se apoya en el marco de la justicia transicional y restaurativa.

La justicia transicional es un modelo que surgió como respuesta a situaciones de graves violaciones de los derechos humanos. Dentro de la Iglesia, la crisis de los abusos sexuales a menores reclama igualmente este tipo de justicia. Consta de cuatro elementos centrales: verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición. Tanto el magisterio de la Iglesia como el trabajo de la Pontificia Comisión para la Tutela de los Menores han señalado la complementariedad entre las categorías de la justicia transicional y los principios de la doctrina social de la Iglesia sobre la justicia, la reparación y la prevención.

Como el propio término sugiere, se trata de crear y marcar una transición —un antes y un después— entre el período en el que los abusos se cometieron, se gestionaron mal o se encubrieron, y un nuevo período en el que la salvaguarda, la denuncia, las investigaciones y el cuidado de las víctimas reduzcan los abusos al mínimo y, si llegaran a producirse, den lugar a una respuesta rápida y eficaz.

Es también una transición en el foco: de la protección de la reputación de la institución a una respuesta centrada en la víctima. Transición significa asimismo dar espacio a la memoria y a la reconciliación, reconocer los errores del pasado, para prevenir futuros abusos y favorecer la restauración y la sanación necesarias.

El principio de transparencia se caracteriza por una gestión de procesos fundada en valores éticos fundamentales como la honestidad, la integridad, la responsabilidad y la eficacia. La rendición de cuentas se refiere al conjunto de mecanismos que permiten explicar de manera justificada los objetivos y resultados de una institución ante sus interlocutores y contribuir a su mejora. Por último, la evaluación permite formular juicios fundados y sistemáticos sobre el valor, el mérito o la calidad del proceso.

¿Quiénes integran la Comisión de Transparencia?

La Comisión de Transparencia está integrada por personas de ocho países, con reconocida trayectoria en sus respectivos campos. La mitad del equipo es latinoamericano y trabaja en América Latina.

El grupo de expertos de la CT está formado por personas ajenas a la diócesis y, por tanto, independientes y libres de conflictos de interés. Al mismo tiempo, poseen un conocimiento de la Iglesia y de la región que facilita su análisis de las dinámicas del abuso eclesiástico en Panamá.

El equipo es interdisciplinario y se divide en varios subgrupos según las áreas de especialización de sus miembros y el trabajo que desempeñan: jurídico-canónica, clínica, accountability, teológico-pastoral, sociocultural y comunicación.

¿Qué criterios se siguieron para seleccionarlos?

El criterio ha sido una combinación de experiencia práctica y formación teórica. La mayoría de los miembros de la Comisión proviene del ámbito académico universitario y compagina la investigación con la asesoría a instituciones de la Iglesia en materia de abusos y de su prevención, o con el acompañamiento de víctimas, sobrevivientes y agresores.

Más allá de la experiencia reconocida, los miembros de la Comisión se eligen también por razones lingüísticas y culturales. Por ejemplo, en el proyecto piloto algunos expertos eran miembros del CEPROME América Latina, el Centro de Investigación y Formación de Protección al Menor en América Latina. Otros han trabajado en tribunales eclesiásticos de América Latina y en el Vaticano. Otros cuentan con reconocido prestigio en la elaboración de protocolos y estándares, el acompañamiento de víctimas, la comunicación de crisis o los aspectos socioculturales del fenómeno del abuso.

Además de una experiencia profesional acreditada en su área de especialización y de práctica, a los expertos se les exige demostrar independencia, conocimiento de la Iglesia y ausencia de conflictos de interés.

¿Puede considerarse independiente una comisión formada exclusivamente por miembros de la Iglesia? ¿Dónde residen su legitimidad y su validez?

Para llevar a cabo una evaluación de la gestión institucional ante casos de abuso en un contexto eclesial se ha optado por constituir una Comisión externa, formada por expertos que, por su pertenencia a la Iglesia, conocen sus dinámicas particulares. Esto les permite comprender y valorar adecuadamente los matices del contexto eclesial, sobre todo a la luz de las prácticas de la Iglesia local. Sirve además para reforzar su autoridad dentro del ámbito eclesial y para mantener su autonomía, sin conflictos de interés que puedan comprometer su trabajo.

La legitimidad y la validez de la Comisión se sustentan en la independencia de cada uno de los expertos y en la garantía de excelencia que aportan sus propias instituciones, en su mayoría universidades con altos estándares de calidad ética y académica. Asimismo, la Comisión es autónoma en lo económico respecto de la arquidiócesis, ya que la financiación de la investigación procede de la Fundación de la Universidad Villanueva y de la Universidad de Notre Dame.

Por último, conviene señalar que los informes, una vez redactados por los miembros de la Comisión, se envían a revisores externos que verifican la calidad de la investigación y del proceso seguido para llegar a las conclusiones.

¿Por qué ahora, en 2026, después de tantos años sin respuesta?

El trabajo de la Comisión de Transparencia coincide con el 25.º aniversario de las publicaciones de The Boston Globe que sacaron a la luz pública los casos de abuso sexual de menores cometidos por miembros de la Arquidiócesis estadounidense.

A lo largo de este cuarto de siglo, la Iglesia ha reflexionado sobre la falta de una acción eficaz para la prevención de los abusos y la protección de las víctimas, así como sobre su responsabilidad en el encubrimiento de los agresores. Fruto de esa conciencia creciente, se han puesto en marcha acciones concretas. A continuación, se señalan algunos de los hitos más significativos:

  • El 30 de abril de 2001, el Papa Juan Pablo II promulgó la carta apostólica Sacramentorum sanctitatis tutela, que precisaba que los delitos más graves, entre ellos el abuso sexual de un menor por parte de un clérigo, quedaban reservados a la Congregación para la Doctrina de la Fe. Ello aportó claridad sobre la responsabilidad de perseguir estos casos y sobre las normas procesales específicas para hacerlo.
  • El 19 de marzo de 2010, el Papa Benedicto XVI publicó una Carta pastoral dirigida a los católicos de Irlanda, en la que expresaba su consternación por «el abuso de niños y jóvenes vulnerables por parte de miembros de la Iglesia en Irlanda, especialmente sacerdotes y religiosos», que había salido a la luz.
  • Benedicto XVI contribuyó de forma decisiva a un cambio significativo en la actitud de la Iglesia ante la gestión de los abusos sexuales. Impulsó la reforma de algunos aspectos de las normas penales y procesales canónicas relativas a los delicta graviora, sobre cuya base la Congregación para la Doctrina de la Fe promulgó, el 20 de julio de 2010, las «Modificaciones a las Normae de gravioribus delictis».
  • El 3 de mayo de 2011, la Congregación para la Doctrina de la Fe publicó una carta circular a las Conferencias Episcopales sobre la preparación de líneas guía para tratar los casos de abuso sexual de menores por parte de clérigos.
  • El 22 de marzo de 2014, el Papa Francisco instituyó la Pontificia Comisión para la Tutela de los Menores, presidida por el Cardenal Seán Patrick O’Malley, OFM Cap., Arzobispo de Boston.
  • El 4 de junio de 2016, el Papa Francisco promulgó la carta apostólica en forma de motu proprio «Como una madre amorosa», en la que precisaba los cánones del Código de Derecho Canónico que regulan las «causas graves» que pueden llevar a la remoción de los obispos diocesanos, los eparcas y quienes están equiparados a ellos en derecho, en concreto en lo relativo a los casos de abuso de menores.
  • Del 21 al 24 de febrero de 2019, el Papa Francisco convocó en el Vaticano un encuentro internacional titulado «La protección de los menores en la Iglesia», al que asistieron los presidentes de las conferencias episcopales, los responsables de las Iglesias orientales, representantes de la Unión de Superiores Generales y de la Unión Internacional de Superioras Generales, miembros de la Curia y el Consejo de Cardenales.
  • Ese mismo año, el 7 de mayo de 2019, se publicó la carta apostólica en forma de motu proprio Vos estis lux mundi (actualizada después en 2023), que estableció procedimientos obligatorios, amplió responsabilidades (también las de los obispos) y reforzó la protección de las víctimas, marcando un punto de inflexión en materia de transparencia y rendición de cuentas.
  • En 2021 se promulgó la constitución apostólica Pascite Gregem Dei, que reformó el Libro VI del Código de Derecho Canónico y estableció penas más claras y severas para los clérigos que cometen abusos contra menores o personas en situación de vulnerabilidad.

Tras estas acciones, y teniendo también en cuenta los informes publicados por Iglesias locales, parlamentos nacionales u otros organismos independientes, la presente Comisión de Transparencia busca ser, de manera proactiva, un instrumento más para ayudar a la Iglesia a aplicar o reforzar una postura decidida en la lucha contra los abusos y en su prevención, fundada en la transparencia, la rendición de cuentas y la evaluación.

¿Harán las valoraciones justicia a las víctimas?

Conviene ser claros sobre el alcance de las valoraciones. La Comisión de Transparencia no puede hacer justicia directamente a las víctimas, pero sí puede ayudar en el proceso de sanación mediante la búsqueda y el reconocimiento de la verdad. El trabajo de la Comisión de Transparencia prepara el terreno para que las autoridades de la Iglesia, y eventualmente las del Estado, puedan aplicar una justicia reparadora a las víctimas de abuso.

El objetivo de esta valoración de la respuesta institucional es sacar la verdad a la luz con transparencia, mediante un abordaje integral del problema del abuso, y formular recomendaciones de mejora de alcance global.

¿No supone este proceso revictimizar a las víctimas?

La revictimización depende de cómo se realicen los procesos. Experiencias previas muestran que el proceso de reparación, si no está bien diseñado, implica un riesgo de reabrir heridas y revictimizar a quienes ya han sido dañados en el pasado. Eso puede ocurrir cuando se obliga a una persona que ha sufrido abuso a repetir su relato, cuando se pone en duda su palabra, cuando no se respeta su privacidad o se la expone públicamente, o cuando se la somete a trámites burocráticos interminables.

Dicho esto, no es cierto que todo proceso de reparación sea revictimizante por sí mismo. La diferencia real está en cómo se desarrolla el proceso, en la metodología empleada y en la atención prestada a las víctimas, situándolas en el centro de la investigación y creando un espacio seguro con el apoyo de especialistas clínicos con experiencia en el acompañamiento de quienes han sufrido abuso sexual. Esta es una de las razones por las que la Comisión cuenta con expertos clínicos atentos a evitar la revictimización a lo largo de toda la investigación.

Sostener que no debería haber procesos de reparación para evitar la revictimización puede conducir a otra forma de daño: el abandono, el silencio institucional y la elusión de responsabilidades. La cuestión no es si reparar, sino cómo garantizar que el proceso no suponga aún más daño a quien ya ha sufrido, y que la institución y los recursos de que dispone se pongan al servicio de las víctimas, con la garantía de buenas prácticas para lograrlo.

¿Cómo garantizarán las instituciones evaluadas que los casos de abuso no vuelvan a producirse?

Ningún miembro de ninguna institución puede garantizar que no habrá casos de abuso en el futuro. Sin embargo, un cuerpo creciente de buenas prácticas en materia de salvaguarda, desarrollado tanto dentro de la Iglesia como en otras instituciones, ha demostrado que reduce riesgos y construye entornos más seguros para prevenir el abuso de menores y de personas en situación de vulnerabilidad. Estas medidas ayudan también a proteger a quienes ya han sufrido abuso.

La Comisión de Transparencia no solo se propone realizar una valoración de la gestión institucional del pasado, sino también proponer a la institución una serie de mejoras relativas a las buenas prácticas para prevenir el abuso de menores y de personas en situación de vulnerabilidad.

¿Qué ocurrirá después de la publicación del informe? ¿No existe el riesgo de que quede en un papel más?

Es una pregunta que la Comisión se hizo desde el comienzo del proceso. Un informe que acabe en una carpeta olvidada en un estante no cumpliría el propósito para el que fue escrito.

Lo distintivo en este caso, es que el seguimiento no es un añadido posterior al informe: está incorporado al diseño desde el principio. Tres elementos concretos:

Primero, la metodología misma recomienda una fase formal de seguimiento, y no solo una fase de publicación. El mandato asigna expresamente la responsabilidad de dar seguimiento a las conclusiones y recomendaciones del informe a las autoridades de la propia Arquidiócesis y a su Oficina para la Protección de Menores, de modo que hay un responsable institucional con nombre propio, y no un compromiso vago de «hacerlo mejor».

Segundo, la VGI no es únicamente un relato: se apoya en una escala de madurez de cinco niveles aplicada a cinco dimensiones concretas: gobierno y estructura, prevención y entornos, formación y personas, respuesta y cuidado de las víctimas, y transparencia y aprendizaje. Eso significa que existe una línea de base real, medida indicador por indicador. El mismo instrumento puede volver a aplicarse dentro de uno o dos años para comprobar, de forma concreta, si ha habido mejoras, y no solo si se dice que las hubo.

Tercero, el informe no se detiene en «qué ocurrió». Un pilar entero está dedicado a las garantías de no repetición: evaluar si los protocolos no solo existen sobre el papel, sino si además se aplican, se conocen, se cumplen de manera coherente y forman parte de una cultura institucional viva. Ese es el estándar con el que nos medimos internamente: no «¿hay un documento?», sino «¿esto es real?».

Lo que no podemos hacer es forzar la aplicación de las recomendaciones.

Se trata de un compromiso moral y reputacional que asume la institución, no de algo que la Comisión pueda imponer desde fuera. En ello recae la importancia de la publicación: hacer públicos los hallazgos y los indicadores es en sí mismo una forma de rendición de cuentas, porque ofrece a los sobrevivientes, a la comunidad y a la Iglesia en su conjunto algo concreto con lo que interpelar a la institución, en lugar de una promesa privada.

¿Quién paga? ¿Por qué?

Para asegurar la independencia, la Arquidiócesis no aportó financiación. Se encargó únicamente del alojamiento y de los traslados terrestres dentro de Panamá para que los investigadores pudieran realizar su trabajo. Esto no le dio derecho a participar en la investigación: no tuvo intervención alguna en el análisis, la redacción ni la edición del informe.

Los costos asociados al informe fueron financiados por la Facultad de Derecho de la Universidad de Notre Dame (Estados Unidos) y por la Fundación de la Universidad Villanueva (España). La propuesta de crear una Comisión de Transparencia se presentó a ambas instituciones, que decidieron apoyarla por considerarla coherente con sus respectivas misiones. Ambas son universidades católicas comprometidas con la búsqueda de la verdad y deseosas de ayudar a la Iglesia católica a través de los hallazgos de la investigación de la Comisión.

Los costos incluyeron pasajes aéreos, software, materiales, el diseño del informe y, sobre todo, los honorarios de los investigadores. Los expertos recibieron una compensación por su trabajo profesional, si bien conviene señalar que esta no constituye su principal fuente de ingresos: cada uno de ellos desempeña una actividad propia al margen de la Comisión.